Page 158 - Memoria 2021
P. 158

x  CERVECERÍA NACIONAL (Acuerdos de Exclusividad)









            El 21 de septiembre de 2020, CERVECERÍA NACIONAL presentó ante la ACODECO, consulta sobre la
            viabilidad de acuerdos o contratos con pactos de exclusividad con sus actuales y/o potenciales clientes,
            para el producto cerveza.

            Mediante Resolución No. A-016 de 2021 de 13 de abril de 2021, se resolvió no conceder la viabilidad al
            acto que pretendía ensayar CERVECERÍA NACIONAL, dando lugar a la presentación de un recurso de
            reconsideración, en debido término, solicitando reconsiderar la decisión dictada en primera instancia, y
            que se tomase en cuenta el beneficio generado por iniciativas como las que ofrecían en la consulta, que
            pudieran favorecer a este sector  (específicamente  el  canal  abierto  de cervezas,  que comprende  bares,
            cantinas, restaurantes, etc.) severamente afectado por la crisis generada por la pandemia, así como las
            eficiencias económicas que podrían generarse, entre otros aspectos.

            Luego de la revisión y análisis correspondiente del recurso de reconsideración, mediante Resolución No.
            A-022-2021 de 25 de junio  de 2021, ACODECO,  declaró viable  la  implementación  de la  conducta
            sometida a consulta por parte de CERVECERÍA NACIONAL, sujeta al cumplimiento de una serie de
            puntos, para que sea compatible con la Ley 45, en el sentido de no constituir una práctica monopolística
            prohibida demandable. Actualmente, se verifica el cumplimiento de CERVECERÍA NACIONAL sobre
            los puntos señalados en la Resolución No. A-022-2021 de 25 de junio de 2021.


            6.  ABOGACÍA DE LA COMPETENCIA

                x  Abogacía de la libre competencia al Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social.













            ACODECO recibió denuncia de un agente económico el 26 de julio de 2021, ante posibles barreras y
            afectaciones  que obstaculizan la  libre competencia  económica  y libre concurrencia,  que afectan  su
            participación y la de otros distribuidores de equipos y accesorios genéricos, en actos públicos realizados
            por el MINSA y la CSS. El nombre genérico del equipo médico quirúrgico en referencia es: UNIDAD
            DE ELECTROCIRUGIA  PARA  CORTE,  COAGULACION  Y  FUSION DE TEJIDOS  y cuya
            Ficha Técnica es 107331, estableciéndose en la leyenda, posterior al listado de accesorios, lo siguiente:



                                                              ϭϱϳ
   153   154   155   156   157   158   159   160   161   162   163