Page 61 - Memoria 2020
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y dar oportunidad a que se puedan presentar propuestas, para que de común acuerdo lleguen a una
solución.
Como medio alterno de solución de conflictos, la conciliación tiene como objetivo fundamental que las
partes de modo voluntario encuentren una solución amigable a sus diferencias, con la participación de un
tercero que propicia el logro de un acuerdo entre ambas. La ley 45 de 31 de octubre de 2007, en sus
artículos 111 al 114 regula lo relativo a la materia y a través del Decreto Ejecutivo No. 46 de 23 de junio
de 2009, se reglamenta en los artículos 50 al 52.
Como consecuencia de la pandemia declarada a nivel mundial por el Covid-19, la gestión en el orden
jurisdiccional y administrativo, se vio interrumpida al suspenderse términos en los procesos; no obstante,
a fin de poder continuar con sus funciones y buscando dar respuesta a los consumidores, se adopta la
Resolución A-024-2020 - 27 de mayo 2020 Que adopta el uso de medios electrónicos para el
Procedimiento Administrativo de Conciliación al Consumidor en concordancia con lo que dispone le Ley
83 de 9 de noviembre de 2012 y su modificación mediante Ley 144 de 15 de abril de 2020.
Basados en la referida normativa legal, se adoptan pautas de suma relevancia para el trámite de las quejas,
empleándose herramientas tecnológicas modernas que innovan y repercuten positivamente a favor del
consumidor, ya que permite programar y efectuar audiencias virtuales, facilitándose con ello de igual
forma, la interacción directa entre las partes, no así de modo presencial, constituyéndose a la vez en una
medida precautoria que minimiza con su empleo, los niveles de contagio del Covid-19.
Cabe destacar, que, en el procedimiento conciliatorio, las partes logran acuerdos y caso contrario, el
consumidor podrá solicitar de manera gratuita un Defensor de Oficio de ACODECO, quien podrá
representarlo en los Tribunales.
Las quejas a favor del consumidor, según resultado en el departamento de Conciliación en el
periodo de noviembre 2019 a octubre 2020, son 177 las cuales ascienden a un monto total de B/.
13,718,482.95
Audiencia virtual de Conciliación
Consumidor – Agente Económico
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