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Memoria Acodeco 2016



                • Investigación por Práctica Monopolística Absoluta en la venta al por mayor de la Galleta
                  Nutricional (MEDUCA)

















            En base a una investigación de Oficio, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia
            (ACODECO), investiga a las empresas  que participaron de  los actos públicos  de  contratación para el
            suministro, transporte y entrega de Galletas nutricionalmente mejoradas durante los años 2013, 2014 y 2015,
            a nivel nacional, por parte del Ministerio de Educación (MEDUCA).

            Las empresas investigadas por la presunta práctica Monopolística Absoluta consistente en la fijación de precios
            y reparto del mercado por regiones de entrega de las galletas nutricionalmente mejoradas suministradas al
            Ministerio de Educación son: AGRO INDUSTRIAS ALIMENTICIAS DE VERAGUAS, S.A., PRODUCTOS
            ALIMENTICIOS PASCUAL, S.A. y ZUELLEN, S.A.
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                • Investigación por Posible Colusión en Actos Públicos de Bebidas Lácteas Fortificadas
                  (MEDUCA)

            La Dirección Nacional de Libre Competencia dio seguimiento a los actos públicos que llevó a cabo el Ministerio
            de Educación (MEDUCA) relacionados con el “Suministro, Transporte, Entrega y Descarga en sitio de bebida
            láctea fortificada para el Programa de Nutrición y Salud Escolar a Nivel Nacional” en los años 2013, 2014
            y 2015, y se procedió a realizar las investigaciones administrativas necesarias para recopilar información
            relacionada con la participación de los agentes económicos:

            INDUSTRIAS  LÁCTEAS,  S.A.;  GLOBAL  PRODUCTS  AND  LOGISTIC  SERVICES,  INC.;  SOCIEDAD  DE
            ALIMENTOS DE PRIMERA, S.A.; PRODUCTOS NEVADA S. De R.L., en los actos públicos antes mencionados.

            Luego  de  analizar  las  ofertas  presentadas  en  los  actos  públicos  de  bebidas  lácteas  fortificadas,  para  los
            años 2013, 2014 y 2015 por los agentes económicos investigados, se pudo determinar la existencia de un
            patrón para establecer y coordinar las posturas, así como una repartición del mercado por áreas geográficas,
            infringiendo el numeral 4, artículo 13 de la Ley 45 de 2007.

            El día 8 de marzo de 2016, la DNLC, procedió en virtud del Auto No. 774-15 de 13 de noviembre de 2015,
            dictado por el Juzgado Noveno de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, a la realización de
            una diligencia exhibitoria en el domicilio de cada uno de los agentes económicos investigados.


            Actualmente, se concluyó con las diligencias de tomas de declaraciones testimoniales, por lo que se está en el
            proceso de análisis de todo el material probatorio allegado a la investigación, a fin de determinar la existencia
            de una violación o no de las normas de competencia y proceder instaurar las acciones que sean necesarias
            ante los tribunales de justicia en el caso que lo amerite.
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