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Memoria Acodeco 2016
D. CONCENTRACIONES ECONÓMICAS
• En el Mercado de Seguros
El 15 de octubre de 2015, se conoció de la existencia de la concentración económica a través de la cual ASSA
adquiere el 100% de las operaciones de seguros de AIG, y con ello, se procedió a iniciar una verificación
posterior de la concentración económica, toda vez que ésta no fue notificada y sometida voluntariamente al
procedimiento de verificación previa de la Autoridad, establecido en el artículo 23 de la Ley 45 de 2007.
El análisis económico consistirá en el estudio de cada uno de los ramos y subramos de seguros en común
que ofrecían ASSA y AIG, realizando un análisis de las participaciones de mercado, cálculo de los índices de
dominancia (ID) y Herfindahl – Hirshman (HHI) antes y después de la operación de concentración, atendiendo
a cada uno de los mercados pertinentes identificados, así como la determinación del posicionamiento previo y
posterior a la concentración económica de los agentes económicos participantes en atención a cada mercado
pertinente, análisis de barreras a la entrada, condiciones de rivalidad y acuerdos de no competencia entre los
agentes económicos.
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• Concentración Económica entre Gold Mills De Panamá, S.A. y Harinas Panamá, S.A.
El 23 de septiembre de 2015 se recibió una solicitud de verificación previa de concentración económica
mediante la cual la sociedad GOLD MILLS DE PANAMÁ, S.A., se fusiona con la sociedad HARINAS PANAMÁ,
S.A., siendo la primera, GOLD MILLS, la que prevalecerá como única sociedad operativa.
ACODECO otorgó el concepto favorable condicionado a esta concentración económica. Uno de los puntos
más importantes en la resolución es que el agente económico debe permitir a la Autoridad sin previo aviso,
ni orden judicial realizar auditorías por un periodo de dos años contados a partir que se emitiera el concepto
favorable. Actualmente el Agente económico entrega información trimestral de informes de gestión, lo que
hará por un periodo de 2 años.

