Page 128 - Memoria 2016
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Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia



                INVESTMENT GROUP, INC; IMPORTACIONES GENERALES DEL ISTMO, S.A. y VAFEPA, S.A., por fijar
                los precios y establecer posturas en la compra por invitación realizada por el PAN, para la venta de mochilas,
                útiles escolares y su distribución en el año 2013 para entrega en el año escolar 2014, según lo establece el
                artículo 13, numeral 4 de la Ley 45 de 2007. Actualmente se está en el proceso judicial y la fecha de audiencia
                ordinaria es a partir del 25 de enero de 2017.

                    • Proceso Judicial a empresas que simulan competencia en la contratación de granos del
                     Ministerio de Educación (MEDUCA)

















                Desde el día 16 de junio de 2016, se efectuó audiencia ordinaria en el Juzgado Octavo de Circuito Civil del
                Primer Distrito Judicial de Panamá dentro del proceso judicial por prácticas monopolísticas absolutas en
                contra de las empresas demandadas HIALING CORPORATION, S.A., SUMMIT INVESTMENT GROUP INC.
                y VAFEPA, S.A., por establecer, concertar y coordinar posturas en la “Compra de Granos (arroz y menestras)   113
                para  las  Escuelas  de  Difícil  Acceso  y  Vulnerabilidad  por  Pobreza  y  Pobreza  Extrema”  del  Ministerio  de
                Educación  años  2012,  2013  y  2014,  contratados  por  el  antes  Programa  de  Ayuda  Nacional  (PAN),  hoy
                Dirección de Asistencia Social (DAS). Actualmente estamos a espera del fallo correspondiente.


                    • Demanda contra la refinería Panamá por el trato discriminatorio en el despacho de
                     combustible




















                Mediante la sentencia 107 de 15 de diciembre de 2015 el Juzgado Noveno de Circuito Civil del Primer Circuito
                Judicial de la Provincia de Panamá, declaró que la Refinería Panamá, S. De R.L. incurrió en la comisión de
                práctica monopolística relativa ilícita y decretó el carácter restrictivo e ilícito de la práctica demandada en
                el mercado pertinente de servicio de despacho de combustibles fósiles líquidos (gasolina de 91 y 95 octanos
                y diésel liviano y mejorado) a camiones cisternas de empresas mayoristas en la República de Panamá. La
                conducta demandada era el establecimiento de ventajas exclusivas que afectaban por lo menos a un agente
                económico participante en este mercado, vulnerando así el artículo 16 numeral 9 de la Ley No.45 de 31 de
                octubre de 2007.


                Actualmente, la defensa legal de la demandada ha interpuesto recurso de apelación y práctica de prueba en
                segunda instancia, se está a la espera de la admisión para la oposición correspondiente.
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