Page 106 - iIndependencia 1849-1856.
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106 Wenceslao Vega B.
Inglaterra en Puerto Príncipe. Leí la minuta que dice más o me-
nos lo siguiente: Enviar una representación al Gobierno Haitiano
para expresarle el gran interés que las tres potencias tienen sobre la
República Dominicana, país que le han reconocido su independen-
cia. Indicar luego cuan imposible sería para el Gobierno Haitiano
hacer la conquista del Estado Dominicano, sin que este constara con
el debido apoyo de las tres potencias Los tres representantes insistirán
en consecuencia (urgente) ante el Gobierno Haitiano para que se
abstenga de renovar las hostilidades que no tendrían otro resultado
que un inútil derramamiento de sangre y la ruina de los recursos de
Haití y Dominica. Invitaron al mismo tiempo a concluir un tratado
de paz y de amistad con la mediación de las tres potencias.26
Más adelante, el canciller Lord Palmerston le reiteraba esas
instrucciones al cónsul Schomburgk, en un despacho del 16 de
agosto de 1850, donde además le indicaba:
Le anexo copias de los Despachos que he recibido del Encargado
de Negocios de Su Majestad en París, indicando que el Ministro de
Asuntos Extranjeros ha escrito a los Agentes franceses en Haytí, en
el sentido acordado entre mi y el Embajador Francés, es decir, que
si ellos fallan en establecer una paz permanente entre las Partes
contendientes, deben utilizar sus mayores esfuerzos en obtener un
armisticio de larga duración, de forma que algún acuerdo satisfac-
torio pueda lograrse. Debo instruirle a Ud. a utilizar sus mejores es-
fuerzos ante el Gobierno de San Domingo de que acuerde con Haytí
una tregua por diez años o por un período tan largo como se pueda
obtener. Una tregua corta no permitiría a ninguna de las Partes a
desarmarse, y por lo tanto no lograría el objetivo buscado.27
La posición de las potencias quedaba clara: reconocimiento
de los haitianos a la independencia dominicana como solución
26 E. Rodríguez Demorizi, Correspondencia del cónsul, tomo II, p. 323.
27 Carta de Palmerston a Schomburgk, f. o., Núm. W-76.

