Page 10 - Revista H&T - Edición 104 - Agosto 2017
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                               tener cuidado al tratar de ha-  tos individuales y colectivos de   convicción que se asocie, de lo
                               cer reglamentos, leyes o mar-  manera más eficaz y estandari-  contrario no. La obligatoriedad
                               cos rígidos de negociación que   zada, etcétera.         de asociarse es la negación del
                               puedan llegar a ser injustos,   En todo caso aquí la clave es   derecho a ejercer su libertad
                               bien sea para los trabajadores   el respeto de ese derecho fun-  de hacerlo o no hacerlo, como
                               o para las empresas, en don-  damental que en nuestro caso   lo plantea la declaración de los
                               de en lugar de conseguir ma-  está previsto en los artículos 38   DD.HH de 1948.
                               yor competitividad podemos   y 39 de la Constitución.       En conclusión, hemos vis-
                               resultar creando condiciones   La mejor posición que  se   to cómo desde lo histórico los
                               contrarias a las que buscamos,   puede tomar desde el punto de   movimientos sindicales nacen
                      “Los
               “millennials”,   destruyendo  trabajo  en  lugar   vista del empleador es respetar   como un mecanismo de equili-
              quienes están    de fomentarlo.              siempre el derecho de asocia-  brio social y por ello existe hoy
            perfilados como                                ción,  la  libertad  y  ejercicio  de   el reconocimiento del derecho
            personas mejor     ¿Y del derecho de           cada empleado de asociarse   fundamental e indiscutible  de
                 educadas,     asociación qué?             o no, según su voluntad.. En   la asociación para protegerse,
             individualistas      En relación a esto, hay gen-  la Declaración Universal de   lograr reivindicaciones para
            y poco estables    te que puede percibirlo desde   Derechos  Humanos  (1948),  se   todos los trabajadores y estar
              laboralmente,    diferentes puntos de vista, así,   estableció: “Artículo 20. 1. Toda   representados  legítima,  digna
                chocan con     por ejemplo: como una amenaza   persona  tiene  derecho  a  la  li-  y eficazmente por su organiza-
                 la filosofía   para la creación de organizacio-  bertad de reunión y de asocia-  ción sindical ante los patronos.
                 tradicional   nes sindicales con poderes in-  ción pacíficas. Y 2. Nadie podrá   En Colombia la realidad
                y la esencia   mensos al servicio de intereses   ser obligado a pertenecer a una   es que existen bajos niveles
               misma de los    diferentes a los propios, como la   asociación.”         de sindicalización, debido a
                sindicatos”.   oportunidad de que las perso-  Si una persona encuentra   distintos factores políticos y
                               nas se unan voluntaria y eficaz-  que a través del ejercicio del   sociales complejos del país,
                               mente a una organización con la   derecho de asociación va a ser   por  el  marco  normativo  le-
                               cual  tienen  intereses  comunes,   más escuchado y puede exigir   gal desactualizado, o por una
                               como una manera de facilitar los   y conseguir mejores condicio-  posición negativa de las em-
                               procesos de solución de conflic-  nes laborales, que sea bajo esta   presas,  pero  también  por  la



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