Page 126 - Memoria 2017
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La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), inició de
manera oficiosa, una investigación por posibles prácticas monopolísticas absolutas por parte de
los agentes económicos HIALING CORPORATION, S.A., SUMMIT INVESTMENT GROUP, INC. Y
VAFEPA, S.A., dentro de los actos de contratación realizados por el Programa de Ayuda Nacional
(PAN), para la compra de granos, arroz y menestras destinados a los programas del Ministerio
de Educación (MEDUCA), correspondiente a los años 2012, 2013 y 2014.
Del material probatorio allegado al expediente administrativo, se pudo determinar la
posibilidad de que los agentes económicos investigados hubieran podido incurrir en la práctica
monopolística absoluta ilícita, consistente en establecer, concertar o coordinar posturas o la
abstención en actos públicos de contratación, infringiendo de esta manera, el numeral 4 del
artículo 13 de la Ley 45 de 2007.
Luego de la presentación de la demanda, ésta fue admitida por el Juzgado Octavo de Circuito
Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, se realizaron las audiencias correspondientes que
terminaron con la presentación de los alegatos, actualmente se espera la sentencia de fondo
por parte del juzgado.
• Demanda por Práctica Monopolística Absoluta en la venta al por mayor de
Galleta Nutricionalmente Mejorada (MEDUCA)
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), inició
de oficio una investigación por la presunta realización de prácticas monopolísticas absolutas
por parte de los agentes económicos AGRO INDUSTRIAS DE VERAGUAS, S.A., PRODUCTOS
ALIMENTICIOS PASCUAL, S.A. Y ZUELLEN, S.A., dentro de los actos de contratación realizados
por el Ministerio de Educación (MEDUCA) relacionados con el “Suministro, Transporte, Entrega
y Descarga en sitio de galletas nutricionalmente mejoradas para el Programa de Nutrición y
Salud Escolar a Nivel Nacional” correspondiente a los años 2013, 2014 y 2015.
Luego de abrir formalmente la investigación administrativa, se realizó una diligencia de
aseguramiento de pruebas en los domicilios de los agentes económicos investigados. Una vez
revisado el material probatorio y concluido el análisis económico, se evidenció la posibilidad de
que los agentes económicos investigados hubieran podido incurrir en la comisión de prácticas
restrictivas de la competencia, en específico, las conductas de fijación de precios, repartición de
mercados por áreas geográficas y coordinación de posturas y abstención en actos de licitación
pública, violatorias de los numerales 1, 3 y 4 del artículo 13 de la Ley 45 de 2007, respectivamente,
por lo que se procedió a demandar formalmente a los agentes económicos investigados, el 25
de enero de 2017.
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