Page 75 - Memoria 2019
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Comisión de Publicidad y Propaganda (MINSA)


        La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, es miembro de la
        Comisión de Publicidad y Propaganda del Ministerio de Salud (MINSA), que fue creada mediante
        Resolución No. 076 de 14 de marzo de 2001 y la cual se reúne todos los miércoles, con la finalidad
        de aprobar u objetar la publicidad que previo a su difusión indistintamente en el medio a pautar,
        los agentes económicos presentan para su evaluación. Durante este período ACODECO objetó
        setenta y ocho (78) publicidades, por diferentes motivos o faltas que contrarían la Ley 45 de 31
        de octubre de 2007.





























        Sesión de la Comisión de Publicidad y Propaganda


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              J.  DECISIÓN DE QUEJAS SOBRE VEHÍCULOS A MOTOR


        Con la Ley 14 de 20 de febrero de 2018 que modifica artículos de la Ley 45 de 31 de octubre de
        2007, sobre Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, se amplió la competencia
        de la Autoridad para conocer y decidir, a prevención con los Tribunales de Justicia hasta el monto
        de B/.5,000.00 y sobre vehículo de motor hasta la cuantía de B/. 30,000.00.

        La competencia de la Autoridad y del Director Nacional de Protección al Consumidor de conocer
        y decidir las quejas sobre vehículos hasta B/.30,000.00 fue demandado por la Asociación de
        Distribuidores de Automóviles de Panamá (ADAP) de inconstitucional ante la Corte Suprema de
        Justicia, quien mediante la resolución fechada 13 de marzo de 2019 en pleno, declaró que no son
        inconstitucionales el numeral 3 del artículo 100 y el artículo 115 de la Ley 45 de 2007 modificado
        por la Ley 14 de 2018.

        Con este nuevo reto, la ACODECO asume con responsabilidad la implementación de una  nueva
        sección que da trámite a las quejas que se presentan en contra de agentes económicos sobre
        temas referidos a vehículos de motor, con ello se logra que los consumidores tengan, en sede
        administrativa, el poder de presentar y tramitar sus quejas (venta engañosa, devolución de dinero,
        cobro indebido, incumplimiento de servicio, incumplimiento de garantía, vicio oculto, etc.), sin
        necesidad de un abogado e igualmente culminar el proceso con una decisión.
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