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Teoría de la Constitución Apuntes del curso 2020 Eduardo Aldunate Lizana
conceptos b) c) y d) vistos arriba, y entre la normatividad que efectivamente rige y las
exigencias de legitimidad del estado de derecho.
En las constituciones semánticas, la normatividad efectiva también se ajusta al
texto constitucional: se trata de una constitución que se cumple, en que coinciden las
reglas de institucionalización del poder político (b) y las normas que los rigen (c) se
construyen a partir del texto constitucional (d), pero ellas no corresponden a los
requisitos que plantea el estado de derecho. Suelen darse para legitimar una situación de
hecho que atenta contra la división de poderes y contra la protección de los derechos y
libertades públicas.
Por último, las constituciones nominales, si bien pueden cumplir con los
requisitos del Constitucionalismo, no son aplicadas efectivamente, no llegan a
constituirse como la base de una normatividad que efectivamente rija al poder político
institucionalizado (divorcio entre los conceptos b, c y d) . Su utilidad se ve en que puedan
tener un efecto educador y en que, a la larga, lleguen efectivamente a ser aplicadas como
regulación del orden político.
Karl Loewenstein, quien ha formulado la división entre constituciones normativas, semánticas y
nominales, señala que puede usarse una comparación para explicar la diferencia. La constituciones
normativas serían como un traje que se ajusta a la medida de su usuario y que éste lleva puesta. Las
constituciones semánticas serían como un disfraz, por el cual su usuario intenta darse una apariencia
constitucional, que en realidad no reviste. Y por último las constituciones nominales serían un traje que
espera en el ropero al día en que su usuario se encuentren en condiciones de vestirlo; mientras tanto, “le
queda grande”.
b) En otro orden de cosas, hay que destacar el carácter ritual que en la actualidad
revisten muchas disposiciones constitucionales, especialmente las relativas a los
procedimientos políticos. Así, si leemos el Capítulo XV de nuestra Constitución
podríamos pensar que la discusión de una reforma constitucional se va a dar
esencialmente en el Congreso. Sin embargo, es posible que los partidos políticos que
tienen representantes en la Cámara de Diputados y en el Senado lleguen a acuerdos
políticos en forma previa a la tramitación de una reforma. ¿Significa esto que se ha
transgredido la Constitución? No, solamente que el proceso político nunca puede ser
regulado totalmente por ella, ya que tiene una dinámica propia. En estos casos las
decisiones se toman fuera de los procedimientos contemplado en la Constitución, pero
se cumplen estos últimos para que se formalicen; se cumple el procedimiento en un
sentido del ‘ritual’ que es necesario para que una decisión pública sea jurídicamente
correcta.
3. El consenso fundamental
a) El consenso constitucional básico
¿Cómo llega un texto, un escrito sobre un trozo de papel, a ser la base de las normas que
regulan los aspectos fundamentales de la vida política de un país, la distribución del poder,
los límites a las distintas opciones y decisiones políticas?
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