Page 7 - Teoria de la constitución -Eduardo Aldunate
P. 7

Teoría de la Constitución   Apuntes del curso  2020    Eduardo Aldunate Lizana


                         Por último, algunos autores sostienen la existencia de cláusulas pétreas tácitas, en
                  el sentido de que, aunque el texto no lo diga, existirían partes de él que no podrían ser
                  modificadas por el poder constituyente derivado, por ser la base o supuesto de existencia
                  de dicho texto. Lo que hay aquí, a juicio del profesor de este curso, es más bien una
                  confusión  entre  la  idea  de  cláusula  pétrea  y  los  supuestos  de  normatividad  de  una
                  Constitución, ya que si se intenta modificar un aspecto de la Constitución que es parte
                  de lo esencial para una porción relevante del sistema político, lo más probable es que se
                  quiebre el consenso constitucional y se reingrese a un esquema de uso de la fuerza como
                  medio de acción política.
                  ii.    Límites heterónomos: impuestos desde fuera del ordenamiento jurídico. Ej.: por
                  tratados internacionales (un tratado de paz en que se imponen condiciones al vencido
                  sobre la forma constitucional  que debe mantener;  o un tratado de una organización
                  regional de integración), o por un pacto federal constitutivo de la respectiva entidad
                  constitucional, donde la constitución federal impone límites al ejercicio de la potestad
                  constituyente por parte de los estados.


                  4. 4.   Relación entre el titular del poder constituyente y origen de la Constitución
                         Dependiendo de quien se sitúa como titular del poder constituyente originario que
                  produce una Constitución (y quien lo ejerza efectivamente) se distinguen tres tipos de
                  constituciones:
                  a)     constituciones otorgadas, que son impuestas por una personalidad autoritaria que
                  detenta o se ha arrogado el ejercicio del poder constituyente en forma unilateral. Son
                  propias de gobiernos autoritarios que  intentan legitimarse dando una Constitución al
                  sistema,  las  que  suelen  tener  un  carácter  semántico;  también  fueron  usuales  en  los
                  primeros  tiempos  de  las  monarquías,  en  que  los  reyes  respondían  otorgando
                  (imponiendo)  constituciones  a  su  pueblo,  limitando  de  esta  forma  su  poder  (estas
                  constituciones si llegaron a tener carácter normativo);
                  b)     constituciones pactadas, en aquellos casos en que la Constitución es producto de
                  un acuerdo entre un núcleo autoritario (uni o pluripersonal) y un grupo más extenso,
                  constituido al menos en parte importante por los destinatarios de la Constitución: en
                  estos casos se podría calificar a unos y a otros como titulares del poder constituyente
                  originario. Históricamente, corresponde a casos en que el monarca y un grupo de nobles,
                  de corporaciones o de representantes del pueblo, llegan a un acuerdo. También puede
                  darse como acuerdo entre estados (o representantes de estados) como fue el caso de la
                  Constitución Federal de los EE.UU. en 1787.
                  c)     Por  último,  la  radicación  del  poder  constituyente  originario  en  el  pueblo,
                  coincidiendo con la teoría de la soberanía popular, y su efectivo ejercicio por éste, da
                  lugar a la generación de constituciones democráticas. Supuesto, como se ha señalado,
                  es que efectivamente se ejerce este poder: con ello queda planteada la misma pregunta
                  que se formuló respecto a las dificultades que tiene el pueblo para ejercer realmente la
                  soberanía que se le atribuye a nivel teórico o de postulado político.
                         El ejercicio del poder constituyente en estos casos puede asumir diversas formas.




                                                                                                         7
   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12