Page 281 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil
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Testimonio de Escritura Pública N° 1825, de fecha 04 de octubre de 2010, que contiene la
Minuta N° 1568 de fecha 04 de octubre de 2010 sobre Contrato de Adjudicación en propiedad
celebrado entre la Asociación Pro-vivienda de los Trabajadores de la Región Agraria de Ica y
Modesto Alvites Soto respecto del Lote N° 12 de la Manzana L con un área de 182.75m2 de la
HH.UU. Los Médanos del distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica;
transferencia a título gratuito.
Testimonio de Escritura Pública N° 939, de fecha 04 de abril de 2013, que contiene la minuta
N° 801 de fecha 04 de abril de 2013 sobre contrato de compra venta, celebrado entre Modesto
Alvites Soto y Johony Modesto Alvites Chumbes respecto del lote N° 12 de la Manzana L de la
HH.UU. de un área de 182.75m2 Los Médanos del distrito de Subtanjalla, provincia y
departamento de Ica; transferencia a título oneroso.
5.3.3. Los actos jurídicos indicados han sido inscritos en Registros Públicos en la Partida N°
11058288, teniendo como antecedente dominial la Partida Electrónica N° 11002956, tal como
se verifica del rubro Títulos de Dominio: asientos C001 y C00002 (folios 159 a 160); siendo que
el primer acto jurídico se presentó para su inscripción el 27 de octubre de 2010 y se inscribió el
12 de noviembre del mismo año; mientras que el segundo se presentó el 05 de abril de 2013 y
se inscribió el 09 de abril de 2013.
5.3.4. Hasta aquí aparentemente existirían en colisión dos títulos de propiedad, pero los actos
jurídicos cuestionados según la defensa de la parte demandada se sustentan en que el título
de la parte demandante habría sido dejado sin efecto por reversión a favor de la Asociación.
De los medios probatorios actuados se tiene:
5.3.4.1. La Resolución Administrativa 007-2008-ASPVTRA/PCD del 21 de enero de 2008 por el
que se resuelve: “PRIMERO.- Declarar la pérdida de su condición de socios de la Asociación Pro-
vivienda de los Trabajadores de la Región Agraria Ica de conformidad al Artículo 10 inc. c, d),
Art° 12 inc. a, e h) de nuestros Estatutos y mandato de Asamblea del 19 de enero del 2008 (…)
3.- Huancahuari Huamanculi Abraham manzana L Lote 12 (…) SEGUNDO. Como resultado del
Empadronamiento General para el Programa de Habilitación Urbana y Construcción de
Viviendas, se ha llegado a la conclusión que muchos de los lotes se encuentran en estado de
abandono y es responsabilidad de la Asociación velar por el cumplimiento de los fines y
objetivos de la Asociación, como es la Habilitación Urbana y Construcción de viviendas de
interés social. TERCERO.- La pérdida de la condición de socios conlleva también a la pérdida
del lote asignado, pasando éste a favor de la Asociación, quedando nulo y sin valor legal el
Certificado de Posesión o Título otorgado por nuestra representada. CUARTO.- La notificación
de la presente Resolución deberá publicarse en un Diario de circulación local por el término de
Ley”.

