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Proyecto Educativo Institucional 2017 - 2018

                  Docentes de Primaria

                  ✓  Formar niños y niñas integrales que articulen el ser, el saber, el saber hacer, saber vivir
                      y convivir, con el fin de dinamizar procesos educativos como puente de transición entre
                      el preescolar, la básica primaria y éste con el ciclo de básica secundaría.
                  ✓  Desarrollar  directamente  los  procesos  de  enseñanza  -  aprendizaje,  que  incluyen  el
                      diagnóstico, la planificación, ejecución y evaluación permanente de estos procesos.
                  ✓  Acompañar  el  desarrollo  moral,  intelectual,  emocional,  social  y  afectivo  de  los
                      estudiantes.
                  ✓  Generar sentido de pertenencia y compromiso hacia la institución educativa por parte
                      de padres de familia y educandos

                  Docentes de Básica Secundaria y Media

                  El  docente  debe  responder  por  la  información  integral  y  los  procesos  de  enseñanza  –
                  aprendizaje de los niños en las áreas de conocimiento de la educación básica y media
                  definidas en la Ley 115 de 1994, en los que debe considerar:

                  ✓  La incorporación progresiva de los conocimientos disciplinares.
                  ✓  La capacidad de aprendizaje autónomo y cooperativo.
                  ✓  La formación ética y en valores.
                  ✓  El desarrollo de las competencias sociales y de convivencia ciudadanía

                                       CITD JULIO FLOREZ
                      3.  MODELO EDUCATIVO INSTITUCIONAL.




                      3.1.   Caracterización institucional

                  El Colegio Instituto Técnico Distrital Julio Flórez establece como un avance a su constante
                  ejercicio de mejoramiento y calidad su Jornada Única Escolar siguiendo las políticas del
                  Plan de Desarrollo “Bogotá Humana” y a partir de la aplicación del artículo 57 de la ley 1753
                  de  2015,  que  indica  que  la  jornada  única  comprende  el  tiempo  diario  que  dedica  el
                  establecimiento  educativo  oficial  a  sus  estudiantes  para  el  desarrollo  de  las  áreas
                  obligatorias y fundamentales y de las asignaturas optativas, así como el tiempo destinado
                  al descanso y almuerzo de los estudiantes. Señalándole además como sus objetivos:

                      •  Aumentar el tiempo dedicado a las actividades pedagógicas y mejorar la calidad
                         educativa,  entendida  como  el  fortalecimiento  de  las  competencias  básicas  y
                         ciudadanas de los estudiantes.
                      •  Mejorar  los  índices  de  calidad  educativa  en  los  establecimientos  educativos  de
                         preescolar, básica y media. El Índice Sintético de Calidad (ISCE) el cual se obtiene
                         de los resultados de las pruebas Saber- ICFES (Desempeño, Eficiencia, progreso y
                         ambiente escolar).
                      •  Reducir los factores de riesgo y vulnerabilidad a los que se encuentran expuestos
                         los estudiantes en su tiempo libre.


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