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identidad (de clase) para una política de la diferencia. (Fleuri 2004, pág. 11).
Las culturas son propias de determinadas regiones, y en tal sentido, cuestiones definitorias
del concepto de región, y a la circunscripción del problema de investigación, es válido realizar
algunas aclaraciones. Nidia Areces (2008) plantea que la “identidad regional trasunta una historia
de relaciones sociales diversas y cada una de éstas produce una identidad específica y parcial:
individual, de barrio, de etnia, de clase, de partido, de nacionalidad, para mencionar sólo algunas”
(p. 255). En este sentido, la identidad de la región acumula las identidades que fue forjando a lo
largo de su historia, y es el “resultado de un proceso donde han tallado la relación entre ‘el nosotros’
y el contraste de oposición con el ‘otro’, la referencia a los proyectos políticos y a las
confrontaciones, la elaboración de contenidos culturales y la vinculación con el contexto histórico’.”
(ídem). El abordaje de una problemática como la planteada, implica una combinación de análisis
del discurso con fuertes influencias desde la antropología histórica.
En la interacción sociocultural adquiere una relevancia insoslayable el intercambio de textos,
es decir, de mensajes enunciativos o narrativos. Estos últimos son portadores enmascarados e
inevitables de discursos ideológicos. De este modo, lo sociocultural consiste en un entramado de
discursos ideológicos compartidos o rechazados. Entre estos discursos está el discurso de el
nosotros y de el otro, esto es, los discursos identificatorios. Mediante este tipo de discursos se
construye la diferencia sociocultural, entendida como aquella que se considera rasgo significante y
que sirve para definir el modo de ser que se asume como propio.
La Modalidad de Educación Rural
Ley Nacional de Educación N° 26206 considera a la educación como un bien público, un
derecho personal y social, y el estado es el principal garante de ello.
Un aspecto central que se destaca en la Ley es la obligatoriedad escolar ya que se extiende desde
los cinco años hasta la finalización del nivel de la educación secundaria. Este rasgo distintivo implica
problematizar los contextos socioculturales vigentes para la aplicación de las normas
correspondientes, en la concepción misma de dichas condiciones y en las posibilidades y desafíos
para los niveles obligatorios (en tanto son los implicados directamente) y el nivel de educación
superior (en tanto subsistema formador de formadores).
En lo que se refiere al sistema educativo, cuenta con una estructura unificada que
comprende cuatro niveles la Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior y se establecen
diferentes modalidades con el fin de “asegurar una educación de calidad con igualdad de
oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.” (Inc a, Art. 1,
Capítulo II, Ley Nacional de Educación Nº 26.206).
Las modalidades:
“...son opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro de uno o
más niveles educativos, que procuran dar respuestas a requerimientos específicos de
formación, como así también atender particularidades de carácter permanente o
temporal, personales, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la
igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y
pedagógicas de los diferentes niveles educativos.” (Art. 11, Capítulo II, Ley Nacional de
Educación Nº 26.206)
entre ellas, la Educación Técnica Profesional, la Educación Artística, la Educación Especial, la
Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Educación Rural, la Educación Intercultural Bilingüe,
la Educación en Contextos de Privación de Libertad y la Educación Domiciliaria y Hospitalaria.
Cada una de las modalidades se desarrollan en capítulos particulares, la educación rural se enuncia
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