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de Tucumán (1820), Santiago del Estero (1820), Catamarca (1821) y Jujuy (1834). Según Mercado, a
               partir de esa fecha, la provincia de Salta quedaría integrada por los antiguos curatos y será a partir
               de  1840,  cuando  una  ley  establecerá  que  la  provincia  se  compondría  por  los  siguientes
               departamentos: Capital, Campo Santo, La Caldera, la Frontera del Este, la Frontera del Sud, Guachipas,
               Chicoana,  Rosario,  Cachi,  Molinos  y  San  Carlos 360 .    De  esa  manera,  Cerrillos  estaría  integrado  al
               Departamento de Rosario de Lerma hasta la promulgación de la Ley de Municipalidades en diciembre
               de 1856. De acuerdo al estudio realizado por Guzmán y Ruiz (2012:33), en el caso del Departamento
               de Cerrillos, la creación de la Parroquia de San José de los Cerrillos (1851), representó un gran paso
               en lo que se refiere a la definición de los límites territoriales de la jurisdicción departamental y
               municipal en los inicios de la segunda mitad del siglo XIX. Tal referencia es ineludible para entender
               los cambios que en términos administrativos se fueron dando en el Valle de Lerma en aquel entonces.
               En el caso del Curato o Partido de Cerrillos, según las autoras, resultó de la fragmentación del Curato
               de Rosario de Lerma, que a partir de ese entonces cambió el nombre de “Rosario de los Cerrillos”
               simplemente  por  el  de  “Rosario  de  Lerma”.  Un  año  más  tarde,  el  Gobernador  de  la  provincia
               decretaba que el “Curato de Cerrillos” se dividiría en los siguientes distritos: el de Cerrillos, el de San
               Agustín, el del Sanjón de Frites y el de La Isla, siendo su primer Cura el Presbítero el Dr. Serapio
               Gallegos y Frías 361 .
                      Ya hacia fines de 1856 con la promulgación de la Ley de Municipalidades para la provincia de
               Salta,  se abrió  el  camino  para  la  instauración  de  un nuevo  criterio de distribución  del poder  en
               términos territoriales y se inició el camino hacia la institucionalización municipal, que dejará atrás el
               vacío normativo que a nivel local provocó la desaparición del Cabildo hacia 1825. Con ello, y luego de
               densas discusiones producidas en el seno de la Legislatura provincial, el 13 de diciembre de 1856 se
               promulgó la ley cumpliendo con lo establecido por las Constituciones Nacional (1853); (artículo 5°)
               y Provincial (1855); (artículo 101) que preveían la reglamentación del régimen municipal  362 . Resulta
               interesante señalar que las discusiones dadas en el seno de la Legislatura provincial no habían sido
               aisladas al contexto nacional, dado que formaban parte del debate suscitado en la Argentina en la
               segunda mitad del siglo XIX en torno a la cuestión municipal 363 . Las mismas, de acuerdo a Ternavasio,
               trataban sobre la necesidad de repensar las relaciones entre el estado y la sociedad en el marco de la
               crisis  del  antiguo  régimen  (igualdad  jurídica  de  los  ciudadanos  versus  los  viejos  privilegios
               estamentales  de  la  ciudad)  y  de  plantear  cuestiones  que  giraban  alrededor  de  la  centralización
               (Estado vs. Soberanía de las ciudades) e inclusive sobre la distribución de funciones entre el poder
               central y los poderes locales, entre otros.


               División departamental de Salta según los Censos de 1869-1895:


               Ubicación del departamento de Cerrillos












               360  Mercado, María Cecilia. (1988) Algunas cifras atinentes a la evolución poblacional de la región del NOA (Siglo
               XIX). Cuadernos del GREDES. Salta. (p. 14).
               361  A.H.S. Carpeta de Gobierno, Decreto del Gobernador y Capitán General, División del Curato de Cerrillos. Caja
               N° 213, 23 de agosto de 1852.
               362  Ruiz, Ángela y Guzmán, Mercedes. (2012) Cerrillos: momentos de su historia y sus párrocos. Salta. Editorial
               Milord. (p. 47-48).
               363  Ternavasio, Marcela (1991) Municipio y Política, Un vínculo histórico conflictivo. Tesis de Maestría, Flacso,
               Buenos Aires. (p. 7).
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