Page 179 - LIBRO DE ACTAS-II-JORINVEDUC-2016
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Saber leer y comprender es también encontrar los recursos que nos pone a disposición la
norma, por ejemplo, en la Ley de Educación Nacional N° 26.206/06, para operar en el día a
día. ¿Cómo la Ley de Educación dialoga con ese día a día? Por ejemplo, en su artículo 3: “La
educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad
justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía
democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo
económico-social de la Nación.”
Ahora, si lo planteamos desde la justificación, este enunciado podría transformarse en letra
muerta, en una retórica políticamente correcta que toma forma en carteleras escolares previniendo
sobre el código de faltas, la trata, los noviazgos violentos o la discriminación. Solo informamos, se
colocan afiches, se arman carteleras con pretensión de informar para prevenir, pero con escasa
posibilidad de producir o impactar en el otr/a.
La pregunta es por la forma en que se puede traducir este texto de la ley a fin de producir
reflexión, aprendizaje, es decir, para que opere construyendo realidad, construyendo ciudadanía,
generando experiencias vitales, al servicio de recorridos potentes con las chicas y los chicos en las
escuelas. Probablemente, un primer paso consista en ser capaces de escuchar, de habilitar la
palabra de todos (docentes, directivos y alumnos) en un plano de igualdad, aunque haya tareas y
responsabilidades diferentes, que es lo que esta escasamente instalado en términos de espacios de
encuentro, son estas reflexiones la que surgen de la investigación, que luego se trasladaran al eje
docencia, en esta cátedra.
Comienza a visibilizarse y expresarse, con el paso del tiempo, necesidades que se relacionan
con la ESI , o con la participación estudiantil, o con el consumo problemático de sustancias.
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Señala el artículo 8 de la Ley de Educación Nacional que, “La educación brindará las
oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo
de toda la vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado
en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad
y bien común.”
Frente a necesidades que no se relacionan con lo material, existen otros modos de mirar.
Comenzar a preguntarse por el modo de generar condiciones para que la escuela sea un espacio
deseado, vital, productivo, “invitante”. Nos interroga entonces, el modo de alojar en las escuelas,
entendiendo por alojar al hacer lugar a la experiencia de vivir y aprender de cada uno (incluidos los
docentes). Andando por estos senderos, la idea de participación, relaciones conflictivas, educación
/ medio ambiente; uso indebido de sustancias… tendría sentido, en otra lógica que es la lógica de la
búsqueda de llaves aprovechando espacios, intersticios, oportunidades para pensar, inventar,
ensayar otros modos de organizar la ingeniería institucional, la distribución del tiempo, del espacio
y de las energías; nuevos modos de transitar la escuela.
Los espacios flexibles bien pueden transformarse en alternativas de trayectos escolares a
los que los docentes pueden apelar y que los chicos pueden tomar cuando sus condiciones de vida
les dificultan hacer los trayectos más tradicionales, esta reflexión surge de la dinámica de los
territorios donde accedemos.
Hasta aquí nos hemos detenido en aquellas posibilidades y alcances que nos ofrece la LEN,
en términos de ciudadanía y otras expresiones no – materiales que nos convocaron a indagar desde
la línea de investigación. El propósito, de concentrarse en las condiciones de tránsito de una
experiencia, nos desafía en términos de esta nueva línea de investigación a poder indagar,
comprender, profundizar, cómo frente a las mediaciones institucionales del Estado a la hora de
canalizar ciudadanía, implican no solo la organización material de la misma, sino también de otras
48 Ley de Educación Sexual Integral N° 26.150. 179

