Page 367 - LIBRO DE ACTAS-II-JORINVEDUC-2016
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con un corte temporal transversal, en el que se ha recopilado la totalidad de las normas que a la
                 fecha regulan los distintos conceptos que componen el haber docente. Se procedió a ordenarlas de
                 acuerdo  a  la  jurisdicción  del  órgano  que  la  dicta,  según  la  naturaleza  del  concepto  y  luego
                 cronológicamente.
                         En consecuencia, las unidades de análisis seleccionadas corresponden a leyes, decretos y
                 resoluciones vigentes a la fecha y referidas a materia salarial con alcance exclusivamente para el
                 sector  docente,  que  se  han  adoptado  desde  el  ejecutivo  provincial  y  las  dictadas  en  el  orden
                 nacional.


                 Resultados Obtenidos. Avances previstos.
                         A partir de los conceptos que componen el haber docente y se encuentran vigentes a la
                 fecha, se procedió a describir la remuneración conforme las categorías formuladas por Urquijo y
                 Bonilla. Añadiendo, además, el criterio del origen de los fondos. A  continuación, se describe la
                 remuneración de un agente que se encuentra en el escalafón docente de la provincia de Jujuy que
                 presta servicio en un establecimiento de gestión pública, con independencia del nivel educativo en
                 el cual desempeña sus tareas.


                   - Atendiendo a su valor:
                      Salario Nominal: ya que es remunerado con unidades monetarias  por el servicio que presta.


                   - Por el medio de pago:
                      Salario en dinero: ya que el pago se efectua con la moneda de curso legal.


                   - Por la forma de estimar o medir el trabajo:
                      Según el tiempo utilizado en tareas ordinarias: se trata de remuneración mensual.

                   - Por las personas comprendidas:
                      Salario individual: ya que se paga al docente por la prestación de su servicio.
                      Salario familiar: ya que los beneficiones que corresponden a las asignaciones falmilares se
                      encuentran regulados por la ley N° 4441 y alcanzan a todos los empleados de la Aministración
                      Pública Provincial, por lo tanto incluye al escalafón docente.
                      Salario colectivo: ya que el salario docente ha sido materia de negociación con las distintas
                      representaciones gremiales del sector.


                   - Por la fuente por la cual nace la prestación:
                      El  salario  ha  sido  fruto  de  lo  dispuesto  en  leyes,  decretos-acuerdos,  en  negociaciones
                      colectivas y por acuerdo de las partes.


                   - Por el tipo de retribución:
                      Esta  conformado  por  un  salario  base  (que  respeta  la  pirámide  salarial  docente),  por
                      adicionales remunerativos  algunos bonificables (importes fijos pero que proporcionan para
                      el  caso  de  docentes  que  prestan  sus  servicios  en  función  de  horas)  y  otros  no.  Por
                      suplementos no remunerativos, bonificables y no bonificables.


                   - Según la forma de cómo se paga:
                      Directa: ya que la remuneración la recibe el docente en forma inmediata.


                   - Por el origen de los fondos:
                      El salario se conforma con fondos nacionales (reconocidos por programas nacionales) y con

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