Page 238 - El Crecimiento Sostenible en RD
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Sector eléctrico C A P Í T U LO 1 2 Cogentrix, correspondiente a la Compañía de Electri- contratos de compra a largo plazo, provocada por el
cidad de San Pedro de Macorís (CESPM), esta fórmula hecho de que los inversionistas a menudo tenían ex-
llevó a la incorporación de algo más de 1.000 MW de periencia en múltiples proyectos alrededor del mun-
potencia al sistema interconectado11. do, mientras que la experiencia de los negociadores
del Estado se limitaba a la de la República Dominicana
No obstante, las limitaciones de esta fórmula se hi- y, posiblemente, contaba con recursos humanos me-
cieron evidentes con el tiempo. En primer lugar, en nos preparados que los que podía atraer el sector
la República Dominicana como en otros países, los privado.
inversionistas no mostraron interés en las plantas
hidroeléctricas debido a la complejidad del riesgo Como era de esperar, el resultado de la negociación en
hidrológico, el largo período de maduración de ta- estas condiciones fue, en general, desfavorable para
les plantas, las fuertes controversias causadas por el comprador, es decir, la CDE y el Estado. Ello se ma-
los impactos ambientales y sociales y, en el caso de ni?esta sobre todo en la transferencia de riesgos a la
la República Dominicana, la escasez de sitios aún CDE y en la “sobre-indexación” de los precios pagados
por explotar. La inversión se dirigió, por lo tanto, a por potencia y energía. En efecto, los contratos por
tecnologías térmicas, y en la República Dominica- norma general trans?eren todo el riesgo cambiario y
na, especialmente a tecnologías basadas en el uso de los precios del combustible al comprador, por me-
de hidrocarburos. Los motores diésel y las turbinas dio de una indexación automática de los precios con
de ciclo simple permitían una instalación rápida, en base en el tipo de cambio y en los precios de mercado
respuesta a las condiciones de crisis de suministro del combustible. En varios casos, se incluye, además,
que llevaron a la licitación de estas inversiones. Sin la indexación de costos de operación y mantenimien-
embargo, este sesgo de los IPP no hizo sino aumentar to sobre la base de los índices internacionales, lo cual
la dependencia energética del país de los hidrocarbu- no necesariamente re?eja la naturaleza real de estos
ros, llevando a un incremento del costo de la energía costos puesto que tienen un componente principal-
eléctrica a mediano plazo y con ello, a un empeo- mente local en cuanto a la mano de obra. El riesgo
ramiento eventual de los problemas ?nancieros del de mercado también queda en manos del comprador
sector. En otras palabras, una política que resolvió los por cuanto los contratos, en general, exigen pagos ?-
problemas a corto plazo —la necesidad de potencia jos —por concepto de potencia— que compensan al
adicional— creó nuevos problemas a mediano plazo, inversionista por todos sus costos de capital. Si bien
en forma de mayor dependencia de insumos costosos esto es económicamente racional con respecto a la
para el país. amortización de la inversión ?nanciada con deuda, no
lo es con respecto al retorno sobre el capital de renta
Las condiciones de urgencia bajo las que se licitaron variable (equity) que suele re?ejar el riesgo de mer-
estas plantas, conjuntamente con la debilidad institu- cado, entre otros.
cional del país, impusieron otra limitación al modelo
IPP, más importante de hecho que la dependencia de Estas condiciones contrastan con las mejores prác-
derivados del petróleo: las condiciones contractuales ticas internacionales seguidas, por ejemplo, en de-
negociadas con los inversionistas privados. El Estado terminados IPP en los Estados Unidos12. En estos
dominicano, a través de la CDE, negoció generalmente contratos, se especi?ca en detalle la estructura de
en condiciones desfavorables: por un lado, la nece- costos de la planta de generación, se asignan in-
sidad de atraer inversiones de forma perentoria; por dexadores diferentes a cada tipo de costo según su
otro, la asimetría en la capacidad de negociación de naturaleza, se asigna por lo menos una parte del re-
11 Moreno San Juan (2004).
12 En general, los contratos con IPP son, como la mayoría de los contratos comerciales, con?denciales, por lo que sus cláusulas
no son de dominio público. Esta parte del capítulo se basa en la experiencia del autor en numerosas licitaciones y recompras
de este tipo de contratos en EE.UU., México, Colombia, Panamá, y otros países.
228 La ruta hacia el crecimiento sostenible en la República Dominicana

