Page 1011 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil
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mecanismos que permitan la recolección de información de alta calidad para la realización de la
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audiencia, y herramientas que impulsen el proceso sin vulnerar su adversarialidad” .
c) Ventajas
Entre las principales ventajas de la gestión judicial destacamos el:
1. Profesionalizar la organización, responsabilidades y procesos de trabajos, permitiendo que
lo/as jueces/zas se dediquen estrictamente a la labor jurisdiccional y que la gestión sea responsabilidad
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de una estructura independiente a cargo de personal especializado .Un cirujano no pierde tiempo en la
gestión del hospital para el cual trabaja, ni en su intervención ni en tareas administrativas asociadas a la
misma. Sólo entra al quirófano y opera. No da turnos, ni revisa su agenda o prepara el instrumental. No
sólo porque no le compete ni es su responsabilidad, sino porque tampoco está capacitado para ello.
2. Construir una organización medible, que produzca información útil para la toma de decisiones,
evaluación, realización de ajustes y promoción de controles.
3. Favorecer la instrumentación de la oralidad, la gestión de casos (micro y macro) y la
vinculación entre mecanismos de resolución autocompositivos y adjudicativos (tribunales multipuertas o
MultidoorCourthouse). Esto es particularmente relevante porque los tres elementos son los desafíos
actuales de la reforma.
4. Constituir un modelo en sí mismo más eficaz, cuya concepción y estructura es más compatible
con los valores y objetivos que consolida el marco constitucional-convencional y marca la agenda de
reforma (v.gr., inmediación, transparencia, rendición de cuentas o eficacia).
5. Contribuir (in)mediatamente a la realización adecuada de los derechos en juego.
6. Facilitar la desburocratización administrativa-jurisdiccional, estandarización de procesos,
uniformidad de criterios administrativos-jurisdiccionales (sea a través de las exigencias de la Oficina
Judicial, del juzgado corporativo o pool de jueces), transversalizar buenas prácticas y comunicación
interna y externa.
7. Aprovechar economías de escala en los servicios administrativos que soporten la labor judicial,
a través de oficinas comunes que sirvan a una pluralidad de jueces y magistradas, que se encarguen de la
radicación, el reparto, las notificaciones, la atención al público, el manejo de salas de audiencia y
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servicios comunes .
V. Experiencias comparadas: ejemplificación
Con este apartado no pretendemos hacer un análisis exhaustivo sobre ninguno de los modelos
vigentes. Las referencias que se hagan sólo tienen por cometido poner de resalto que las organizaciones
judiciales que funcionan razonablemente o que han emprendido reformas con ese horizonte -
independientemente de sus tradiciones y características-, tienen sistemas de gestión judicial o
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administraciones profesionales .
El UnitedKingdomCourtService es la estructura de gestión judicial inglesa. Se caracteriza por ser
una instancia técnica y autónoma de la labor jurisdiccional. Los jueces se subordinan a sus decisiones
27 PEREIRA CAMPOS Santiago, VILLADIEGO Carolina y CHAYER Héctor, Bases generales para una reforma a la justicia civil en
América Latina y el Caribe, en Modernización de la justicia civil, Santiago PEREIRA CAMPOS (Coordinador), Universidad de
Montevideo, Facultad de Derecho, 2011, p. 59.
28 “Se trata no sólo de modificar la estructura, sino conseguir que los titulares de la potestad jurisdiccional, jueces y magistrados,
se dediquen a aquellas tareas que tienen reservadas en exclusividad, descargándoles de aquellos otros cometidos no
jurisdiccionales que tradicionalmente han venido realizando, cumpliendo, así, con lo establecido por el Comité de Ministros del
Consejo de Europa, en su Recomendación R (86) 12, de 16 de septiembre de 1986 sobre las medidas relativas a prevenir y
reducir la sobrecarga de trabajo de los tribunales” (REVILLA GONZÁLEZ, José Alberto, La Justicia Civil Española del siglo
XXI.Reforma procesales y mejoras en la organizacióny gestión de la Administración Judicial (España), en PEREIRA CAMPOS,
Santiago, Modernización…, ob. cit.).
29 PEREIRA CAMPOS Santiago, VILLADIEGO Carolina y CHAYER Héctor, Bases generales (…), ob. cit., p. 110.
30 Otra modalidad posible en la gestión de la carga de trabajo administrativa son los servicios comunes. Esto es, la generación de
una unidad administrativa independiente a los juzgados que presta servicio en algún área o segmente específico de trabajo.

