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GACETA CIVIL & PROCESAL CIVIL | Nº 9 • MARZO 2014
de Lima, en el Expediente N° 2598-2012, Pública de Constitución de Garantía Hi-
donde se resuelve lo siguiente: potecaria de fecha 22 de mayo de 2009,
que obra como Anexo 1-D al escrito de
“ Primero.- Que, mediante escrito pre- demanda extendida por el Notario Pú-
sentado con fecha veintisiete de mayo de blico de Lima, Doctor Jorge Luis Gon-
dos mil trece, Banco Continental, solici- zales Loli, de lo que se colige que todas
ta se le tenga por apersonado al proceso las deudas que mantuviera el demandado,
como acreedor no ejecutante; sustentan- Ricardo Arturo Bermúdez Pereda en cali-
do su pedido en el hecho de que la hipo- dad f ador y con respecto al Banco Con-
teca materia de ejecución en este proceso tinental están coberturadas por la hipote-
también cobertura las deudas y obligacio- ca materia de ejecución, por tanto, todos
nes que mantuvieran con el codemanda- los créditos en los que intervenga dicha
do, Ricardo Arturo Bermúdez Pereda en persona en calidad de f ador están garan-
calidad de f ador, conforme se despren- tizadas con la hipoteca y se tendría por
de del Testimonio de Escritura Públi- tanto afectado el mismo bien por la mis-
ca de Constitución de Garantía Hipote- ma hipoteca. Ref ere asimismo, que a
caria de fecha 22 de mayo de 2009, que la fecha cuenta con auto f nal consenti-
obra como Anexo 1-D al escrito de de- do en el proceso de ejecución de garan-
manda. Ref ere en este sentido que cuen- tías que se le sigue a Ricardo Arturo Ber-
ta con auto f nal consentido en el proceso múdez Pereda en calidad de f ador ante el
de ejecución de garantías que se le sigue Décimo Cuarto Juzgado Civil con Sub-
a Ricardo Arturo Bermúdez Pereda en especialidad Comercial, en el Expedien-
calidad de f ador ante el Décimo Cuarto te Nº 2595-2012, habiendo ya cumplido
Juzgado Civil con Subespecialidad Co- con acompañar copias certif cadas de su
mercial, en el Expediente Nº 2595-2012; escrito de demanda, pagarés materia de
razón por la cual dicha acreencia debe- ejecución, mandato ejecutivo, auto f nal
rá ser considerada por el juzgado con- y de la resolución que declara consenti-
forme al orden preferente de los dere- do dicho auto f nal; razón por la cual di-
chos inscritos sobre el bien inmueble cha acreencia debe ser considerada por
a ejecutarse; pedido que fue declarado el juzgado conforme al orden preferen-
inadmisible por el juzgado mediante re- te de los derechos inscritos sobre el bien
solución número veintiséis de fecha die- inmueble a ejecutarse; Tercero.- Que, de
cinueve de junio del año en curso, a f n la revisión de autos, se advierte que en
de que subsanara la def ciencia adverti- la segunda cláusula de la Escritura Públi-
da; Segundo.- Que, mediante el presente ca de Constitución de Garantía Hipote-
escrito que se da cuenta, presentado con caria que es materia de ejecución, se es-
fecha veinte de junio de dos mil trece, la tablece que la hipoteca constituida en la
recurrente, Banco Continental, aclara su cláusula primera tiene por objeto garan-
pedido de apersonamiento como acree- tizar el pago del préstamo comercial, así
dor no ejecutante; señalando que la hi- como todas las obligaciones que mantu-
poteca materia del presente proceso que viera el demandado, Ricardo Arturo Ber-
corresponde al inmueble materia de eje- múdez Pereda, con el Banco Continental,
cución también cobertura las deudas y en su calidad de deudor, aceptante, endo-
obligaciones que mantuviera con el co- sante, descontante, avalista o f ador; lo
demandado, Ricardo Arturo Bermúdez que implica que independientemente de
Pereda en calidad de f ador, conforme se su condición de acreedor en este proceso,
desprende del Testimonio de Escritura el Banco Continental tendría un crédito
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