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PROCESAL CIVIL | PROCESOS CAUTELARES Y EJECUTIVOS
del remate y en todo caso reservará el monto también al interviniente debió exigírse-
del gravamen hasta que la obligación inexi- le” (el resaltado es nuestro).
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gible del acreedor no ejecutante con derecho
preferente se torne exigible. La razón esbozada para rechazar la interven-
ción de un acreedor no ejecutante –esto es,
Siendo esto así, resulta también equivoca- que si al ejecutante se le exige un título eje-
do af rmar que con esta norma procesal “se cutivo al interviniente también debe exigír-
ha olvidado que el proceso es un instru- sele– vulnera el derecho que tienen los acree-
mento para realizar derechos sustantivos. dores que mantienen afectaciones sobre el
El proceso no puede des- bien que será realizado.
conocer derechos preferen-
tes y oponibles, ni siquiera En efecto, al acreedor eje-
para premiar el esfuerzo del En la tercería de derecho cutante se le exige que su
demandante” . preferente de pago como en derecho emane de un título
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la intervención como acree- ejecutivo a f n de que pue-
Asimismo, discrepamos con dor no ejecutante, la oportu- da instaurar el proceso de
la posición que señala que nidad que se tiene para que ejecución, mientras que el
para intervenir como acree- se respete el derecho del acreedor ejecutante no pro-
dor no ejecutante se tiene acreedor preferente es justa- mueve la ejecución, lo que
mente hasta antes del pago
que contar con un título eje- que pondría fin a la etapa de busca es salvaguardar el de-
cutivo, “(…) solo podrán ejecución forzada. recho que mantiene respec-
intervenir si cuentan ya to al bien que será realiza-
con un título ejecutivo que do producto de la ejecución
contiene una obligación cierta, expresa, lí- forzada, por lo tanto, son supuestos total-
quida, teniéndose presente que no necesaria- mente distintos.
mente debía exigirse que la obligación fue-
ra temporalmente exigible, pues como bien Para clarif car el tema tenemos el siguiente
lo dispone nuestro Código Civil: El deudor ejemplo: Banco Z ha iniciado un proceso de
pierde el derecho a utilizar el plazo cuan- ejecución teniendo como pretensión ejecuti-
do las garantías disminuyeran por acto pro- va se le pague cierta suma de dinero que está
pio del deudor o desaparecieran por causa no contenida en un pagaré emitido a su favor
imputable a este (art. 181), o como lo dispo- por Lucio, para asegurar el pago de la obli-
ne el artículo 1110 del mismo Código en re- gación a trabado en dicho proceso judicial
lación a la hipoteca si los bienes hipotecados un embargo en forma de inscripción sobre el
se pierden o deterioran de modo que resulten inmueble de su deudor, estando el proceso a
insuf cientes, puede pedirse el cumplimien- puertas de llevarse a cabo el remate; Lucio
to de la obligación aunque no esté vencido a su vez mantiene un crédito frente a Ban-
el plazo. Siendo la verif cación del plazo un co X el cual consta en un contrato de tarjeta
evento futuro pero cierto, no cabe duda que de crédito y dicha obligación está respaldada
no era preciso para intervenir en la ejecu- por una hipoteca, ¿acaso Banco X no podrá
ción, exigir que dicho plazo estuviera venci- intervenir como acreedor no ejecutante en el
do. Por último, debió exigirse el título eje- proceso de ejecución instaurado por Banco
cutivo porque si al ejecutante se le exige, Z?, pues es evidente que sí podrá intervenir
19 MEJORADA CHAUCA, Martín. Ob. cit., pp. 258-259.
20 ARIANO DEHO, Eugenia. Ob. cit., pp. 382-383.
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