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y pretendió homogeneizar a las expresiones de la cultura popular.” 394

                      La idea de igualdad educativa para todos, tiene relación con una subyacente desigualdad que
               la define como discriminatoria, particularmente para las expresiones de la cultura popular. Entonces,
               el estado nacional logra centralidad, organización, nivel de profesionalización y queda como aspecto
               a  superar  la  recuperación  de  las  identidades  y  el  respeto  por  la  diversidad  cultural  que  existe
               efectivamente en nuestro vasto territorio nacional.

               Conclusión.
                      A  modo  de  cierre,  podemos  decir  que  la  idea  de  “educación  gratuita,  para  todos”;  que
               propugnaba la ley 1420, la cual supuestamente creó igualdad y borró las diferencias sociales, no
               terminó con la brecha entre provincias pobres y provincias ricas; sino que generó un sistema vertical
               y centralizado, con un currículum bajado desde el puerto que olvidó y dejó de lado los conocimientos
               y las particularidades de cada región.
                      De esta manera se legitimó determinados conocimientos que fueron definidos por la clase
               dirigente de la época, mientras que los saberes y las culturas populares fueron ignorados o negados
               en nombre del progreso social, del progreso civilizatorio.
                      En la actualidad contamos con la Ley Nacional de educación 26.206; y como lo expresan los
               siguientes artículos:  Art. 2°. - La educación y el conocimiento son  un bien público  y un derecho
               personal y social, garantizados por el Estado.
                      Art. 7°. - El Estado garantiza el acceso de todos/as los/as ciudadanos/as a la información y al
               conocimiento  como  instrumentos  centrales  de  la  participación  en  un  proceso  de  desarrollo  con
               crecimiento económico y justicia social.”
                      Sin embargo, existen todavía asignaturas pendientes: la nueva ley amplió la obligatoriedad;
               no  obstante,  no  se  garantiza  la  continuidad  para  los  niveles  subsiguientes,  su  articulación,  ni  la
               calidad en los conocimientos.
                      El control por parte del centralismo de Buenos Aires aún se sigue sintiendo, manifestándose
               en las decisiones portuarias por sobre las decisiones provinciales; imponiéndose de esta manera, el
               poder  de  Buenos  Aires  quien  continua  concentrando  la  mayor  riqueza  productiva,  económica  y
               política del país.


               Bibliografía.

               Oszlak, Oscar (1985). “La Formación del Estado Argentino”.
               Cucuzza, Rubén (1985). “El sistema educativo argentino. Aportes para la discusión sobre su origen y primeras
                   tentativas de reforma”, Buenos Aires.
               Bidart Campos, Germán (2002). “Lecciones Elementales de Política”.
               Puiggrós, A.; Carli, S.; De Luca, A; Gagliano, R. S.; Gandulfo, A.; Iglesias, R.H.; Marengo, R. y otros. (1991) Historia
                   de la Educación Argentina II. Sociedad civil y estado en los orígenes del sistema educativo argentino. Buenos
                   Aires. Editorial Galerna.
















               394 Cita de Roberto Marengo en Adriana Puiggrós “Historia de la Educación Argentina”, p. 79.
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