Page 670 - LIBRO DE ACTAS-II-JORINVEDUC-2016
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Siguiendo esa lógica, conviene destacar que el presente informe se configuró alrededor de un tema
               cuyo subtítulo a modo de pregunta, querella su propio planteo partiendo del siguiente presupuesto:
               que para analizar las políticas de un estado y considerarlas como tales, se torna imprescindible tener
               en cuenta las leyes y normas que regulan y regularon en aquel momento el sistema educacional; las
               estrategias  y  acciones  desplegadas  como  parte  de  su  intervención;  los  recursos  asignados;  la
               generación de nuevos derechos y obligaciones, lo que implica participación/empoderamiento de
               nuevos actores, y en esa línea, el establecimiento de nuevas relaciones de poder.


               La Gimnástica en el campo de la educación durante el período fundacional. Notas para su comprensión
                   La escuela, fue fundacionalmente en este país la escuela del Estado Liberal y Capitalista donde
               los  docentes  -en  calidad  de  agentes- 400   llevaron  a  cabo  sus  tareas,  intermediados  por
               representaciones  compartidas,  por  categorías  o  modos  de  clasificar  la  realidad  y  por  prácticas
               sociales con las que se fueron formando inexorablemente. El interés por construir un conocimiento
               menos subjetivo e inmediato donde se vinculen la educación pública con la Gimnástica, se funda en
               condiciones de producción improbables de soslayar, ya que como dice Bourdieu (1996):

                     […] intentar pensar el Estado es exponerse a retomar en su provecho un pensamiento de
                     Estado  […]    armados  del conocimiento  de  uno  de  los  mayores  poderes  del  Estado,  el  de
                     producir y de imponer las categorías de pensamiento que aplicamos espontáneamente a
                     cualquier cosa del mundo y al Estado mismo. 401


                     Frente a la dificultad de establecer un distanciamiento con el tema de estudio, aparece otro
               problema que hubiese tornado cuasi improductivo poner en claro si la inclusión de la Gimnástica -a
               la que llamaremos indistintamente Educación Física- y su enseñanza, puede ser considerada una
               política nodal de un estado liberal que se contextualiza más apropiadamente como parte del periodo
               fundacional del Moderno Estado Argentino. 402
               ¿Porque se habla de una tarea cuasi improductiva? Porque la sanción de la ley 1420, per se daba claras
               señales de una preocupación del Estado por reducir los índices de analfabetismo de la creciente
               población local y extranjera llegada como parte del aluvión migratorio de ultramar. En este sentido,
               Pablo Pineau (2014) señala que:


                     El siglo XIX fue el siglo de los niños y la difusión de la forma educativa escolar en muy poco
                     tiempo. Se puede (sic) dar más en unos países que en otros, pero la forma escolar -en tanto
                     forma  educativa  específica,  histórica  y  culturalmente  situada,  producto  de  la  cultura


               400   Para  Bourdieu,  es  alguien  que  no  está  exento  de  la  influencia  externa,  alguien  que  no  puede  ocultar  las
               condiciones  sociales  que  le  permiten  ser  lo  que  es.  Alguien  que  se  conforma  en un  punto de  unión  entre  las
               coerciones objetivas y determinaciones subjetivas. Alguien absolutamente social, donde lo social se encuentra en
               el corazón mismo de sus pensamientos y comportamientos y se manifiesta a través de disposiciones.
               401  Bourdieu, P. (1996). Espíritus de Estado. En: Revista Sociedad, N° 8, Buenos Aires: Facultad de Ciencias Sociales.
               402  Se considera Período Fundacional al espacio de tiempo comprendido entre los años 1880-1930. Para sostener
               esto, se toman como referencia dos textos, el de Ángela Aisenstein (1994): El contenido de la Educación Física y la
               formación del ciudadano. 1880 - 1930. CONICET, Beca perfeccionamiento. Informe final (mimeo) y el Documento de
               Catedra  N°  4  de  Guillermo  Ruiz,  docente  regular  de  la  catedra  Teorías  de  la  Educación  y  Sistema  Educativo
               Argentino de la UBA, Facultad de Psicología, donde desarrolla el período fundacional del SEA, en base a la sanción
               de cuatro leyes nacionales que se van desde el último cuarto del siglo XIX y principios del XX, leyes que fueron
               sancionadas por el Congreso Nacional entre los años 1878 y 1905. Durante este período, no sólo se produjo cierta
               consolidación del Estado Nacional Argentino, sino que, como parte de este proceso se sentaron las bases de la
               estructura del Sistema y se aprobaron las normas que lo regularon durante buena parte del siglo XX. Aunque no
               se dictó una ley general que abarcara al conjunto de los niveles educativos, estas normas permitieron organizar
               legalmente el SEA. Solo a modo de recordatorio, cabe señalar que la Ley Federal de Educación N° 24195, que abarca
               la totalidad del sistema, fue aprobada durante la reforma educativa menemista de 1993, casi 100 años después de
               sancionada la ley N° 1420.
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